Interparking podrá solicitar la retirada de un vehículo del aparcamiento en caso de que dicho vehículo permanezca estacionado de forma continuada en el mismo lugar por un período de tiempo superior a seis meses de forma que se presuma racionalmente su abandono, bien por su propio estado, por los desperfectos que tenga y que hagan imposible su desplazamiento por medios propios, por no tener placas de matriculación o, en general, por aquellos signos externos que hagan presumir la falta de interés del propietario en su utilización, según Ley 40/2002.